CIUDAD DE MÉXICO, a 10 de febrero de 2026.— El Gobierno de México publicó este martes en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano, un instrumento que formaliza y detalla la coordinación entre autoridades civiles y militares para la vigilancia, detección e interceptación de aeronaves que representen riesgos para la seguridad nacional.
El nuevo reglamento establece que el dominio del espacio aéreo es una prerrogativa exclusiva del Estado mexicano y define los procedimientos mediante los cuales se identifican trazas de interés, vuelos no autorizados y vuelos clandestinos, así como las acciones que deben seguir las autoridades ante cada uno de estos supuestos.
Un marco que da continuidad a la estrategia aérea
La normativa desarrolla lo previsto en la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano, al precisar funciones y responsabilidades de instancias como la Secretaría de la Defensa Nacional, la Fuerza Aérea Mexicana, la Secretaría de Marina, la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) y Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano (SENEAM).
Entre los elementos centrales se encuentra la operación del Centro Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo, encargado de coordinar la detección, identificación, interceptación y seguimiento de aeronaves que no cumplan con planes de vuelo autorizados o que intenten evadir a las autoridades.
El reglamento también establece la creación y operación de Zonas de Vigilancia y Protección (ZVP) y Zonas de Identificación de Defensa Aérea (ADIZ), las cuales podrán activarse de manera permanente o temporal en áreas estratégicas, eventos oficiales o regiones con alta incidencia de vuelos irregulares.
El decreto señala que las nuevas disposiciones entran en vigor al día siguiente de su publicación y que su implementación deberá realizarse con los recursos presupuestales ya asignados, sin generar ampliaciones presupuestales adicionales.




