CIUDAD DE MÉXICO, a 23 de septiembre de 2026.— La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respaldó la reforma que permite a los partidos políticos elegir directamente a las diez personas que integrarán sus listas de candidaturas a diputaciones plurinominales en Quintana Roo. La decisión forma parte de un proceso que todavía tiene pendiente resolver un tema relacionado con la inclusión política de personas con discapacidad.
¿Qué partido presentó la impugnación?
Movimiento Ciudadano promovió la Acción de Inconstitucionalidad 78/2026 contra el Decreto 257, mediante el cual se modificaron distintas disposiciones de la Constitución de Quintana Roo. El partido pidió a la Corte revisar los cambios al sistema de representación proporcional y la falta de medidas para sectores con poca presencia en los cargos públicos.
Entre sus argumentos, Movimiento Ciudadano señaló que la reforma debía consultarse previamente con los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. También reclamó que el Congreso estatal no estableciera reglas especiales para facilitar la participación electoral de personas con discapacidad y otros grupos históricamente excluidos.
La Suprema Corte rechazó el argumento relacionado con la consulta previa. Los ministros consideraron que las nuevas disposiciones afectan de la misma manera a toda la ciudadanía de Quintana Roo, por lo que no existe una consecuencia particular o diferente para las comunidades indígenas y afromexicanas del estado.
Partidos elegirán toda la lista
Antes del cambio, las listas plurinominales incluían cinco candidaturas designadas directamente por los partidos y cinco aspirantes que habían competido en los distritos sin obtener la victoria, pero que alcanzaron los porcentajes más altos de votación. A estos últimos se les identificaba comúnmente como los “mejores perdedores”.
Con la reforma al artículo 54 de la Constitución estatal, cada partido podrá registrar directamente a las diez personas que conformarán su lista de diputaciones de representación proporcional. Las fuerzas políticas deberán respetar la paridad de género al definir el orden y la integración de sus candidaturas.
Falta resolver la inclusión de personas con discapacidad
El Pleno determinó que la modificación no impide que los partidos minoritarios obtengan diputaciones plurinominales ni vulnera el derecho de la ciudadanía a competir por un cargo público. La Corte explicó que el Congreso de Quintana Roo cuenta con facultades para definir este modelo, pues el cambio afecta la integración de las listas y no la fórmula para repartir los espacios.
La resolución, sin embargo, todavía no está completa. La SCJN continuará en una próxima sesión el análisis sobre si el Congreso de Quintana Roo incumplió al no establecer medidas que garanticen una participación política efectiva de las personas con discapacidad y de otros sectores históricamente subrepresentados.




