CIUDAD DE MÉXICO, a 6 de octubre de 2026.— Las personas que aspiren a ocupar la Presidencia de la República, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México deberán contar únicamente con nacionalidad mexicana a partir del proceso electoral de 2028, de acuerdo con la reforma constitucional cuya aprobación fue declarada este martes por el Senado.
El Pleno dio por concluida esta etapa del proceso legislativo después de contabilizar el respaldo de 22 congresos locales a los cambios en los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La secretaria de la Mesa Directiva, Lizeth Sánchez García, informó los votos favorables remitidos por los congresos de Baja California, Campeche, Chiapas, Ciudad de México, Colima, Guerrero, Estado de México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.
Reforma avanza a Diputados
Con el aval de la mayoría de las legislaturas estatales, el presidente de la Mesa Directiva del Senado, Higinio Martínez Miranda, emitió formalmente la declaratoria de aprobación del decreto en materia de nacionalidad única para quienes encabecen los poderes ejecutivos federal y locales.
El documento fue enviado a la Cámara de Diputados, que deberá realizar su propia declaratoria. Posteriormente, una vez recibidas las firmas de la colegisladora, será remitido al Poder Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El Senado indicó que cualquier resolución posterior que emitan otras legislaturas estatales será incorporada al expediente.
Renuncia antes del registro
La reforma establece que quien aspire a alguno de estos cargos deberá ser mexicano o mexicana por nacimiento y no tener ni adquirir una nacionalidad distinta.
Si la persona cuenta con otra nacionalidad, tendrá que renunciar a ella antes de solicitar su registro como candidata o candidato, bajo los términos que establezca la legislación correspondiente.
El decreto también considera dentro de esta disposición el uso de pasaporte o documentos de identidad expedidos por un Estado extranjero, el ejercicio de derechos políticos asociados a esa ciudadanía y el acogerse a la protección diplomática de otro país. La contravención a estas reglas será sancionada conforme al Título Cuarto de la Constitución.
El régimen transitorio señala que el decreto entrará en vigor un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, pero sus efectos electorales comenzarán en 2028. Las nuevas reglas no se aplicarán a quienes ya ocupen estos cargos al momento de su entrada en vigor.




