SAN LUIS POTOSÍ, SLP., a 19 de agosto de 2026.- Una cría de tarántula mexicana patas sangradas (Aphonopelma bicoloratum) fue localizada dentro de un paquete etiquetado como “insumos”, durante una revisión realizada por personal de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) en una empresa de paquetería de San Luis Potosí.
El hallazgo ocurrió después de que, los días 5 y 6 de agosto, la compañía reportara telefónicamente la presencia de ejemplares de flora y fauna silvestres dentro de dos paquetes.
Personal de Profepa acudió al lugar para realizar la identificación de los ejemplares y encontró en uno de los envíos a la pequeña tarántula.
De acuerdo con la dependencia el ejemplar se encontraba en condiciones físicas regulares, presentaba movimiento regular y era poco reactivo a los estímulos.
También encontraron diez cactáceas
La revisión de otro paquete dejó un segundo hallazgo. Aunque estaba etiquetado como “estuches de maquillaje”, en su interior había diez ejemplares de cacto estrella (Astrophytum asterias).
Las plantas estaban en malas condiciones físicas y presentaban signos de deshidratación, entre ellos ablandamiento y arrugamiento de sus cuerpos.
Además, tenían expuesto el sistema radicular, con cortes y marcas de resequedad, detalló la dependencia.


Debido a que no fue acreditada la legal procedencia de los ejemplares, Profepa determinó su aseguramiento precautorio e inició un procedimiento administrativo. También emplazó a las personas cuyos datos aparecen en las guías de rastreo de los paquetes para que comparezcan dentro del procedimiento.
La cría de tarántula fue depositada en las instalaciones de un instituto en San Luis Potosí, mientras que los ejemplares de cacto estrella quedaron bajo resguardo de Profepa para posteriormente determinar su destino.
Según la dependencia, el cacto estrella está enlistado como especie en peligro de extinción en la NOM-059-SEMARNAT-2010 y en el Apéndice I de CITES. Profepa señaló que la conducta relacionada con estos ejemplares constituye una infracción al artículo 122, fracción X, de la Ley General de Vida Silvestre.




