Por Staff
CIUDAD DE MÉXICO, a 30 de septiembre de 2026.- Los memes no quedaron prohibidos en México, pero una nueva reforma aprobada por el Senado establece penas de prisión y multas para determinadas formas de utilización comercial de la identidad gráfica de instituciones públicas cuando exista una finalidad de engaño para cometer un ilícito.
La medida, bautizada en el debate público como “Ley Antimemes”, fue aprobada en lo general con 72 votos a favor y 34 en contra. El proyecto modifica disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Uno de los cambios centrales es que la conducta sancionable debe realizarse a escala comercial y tener como propósito inducir al error o engaño sobre el origen oficial de una comunicación, documento, plataforma, servicio o sistema informático, con la intención de cometer un ilícito.
La propuesta original había provocado críticas por las penas previstas para el uso de elementos oficiales en contenidos digitales. Durante el proceso legislativo se modificó la redacción y se redujo el rango de prisión de la propuesta inicial a uno a cinco años, además de multas de mil a 10 mil UMA.
El oficialismo sostuvo que el objetivo es perseguir falsificaciones, fraudes y usos comerciales engañosos de símbolos gubernamentales, mientras que legisladores de oposición señalaron que la redacción podría generar incertidumbre sobre contenidos satíricos o de crítica política.
La reforma, por tanto, no equivale a una prohibición general de hacer memes. El debate se concentra en cuándo el uso de elementos oficiales cruza la frontera hacia una conducta comercial y engañosa vinculada con un ilícito. El dictamen aprobado por el Senado continuará su trámite legislativo.




